Amigos de Esperanza:
Ayer miércoles 29 de junio 2016 nos visitaron las Dras. Karina Nijamkin y Viviana Glauberman, abogadas, quienes nos brindaron una esclarecedora charla sobre cuestiones legales, obras sociales, amparos, y otros temas de interés.
El salón auditorio de ASDRA desbordó de asistentes !!! Gracias !!!
Acá les dejamos una síntesis de los temas abordados y algunas imágenes del encuentro.
Mil Gracias Karina y Viviana !
REALIDAD ACTUAL DE LAS
PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN MATERIA DE DERECHO A LA SALUD.- DERECHOS
AMPARADOS.- RECLAMOS.- ACCION DE AMPARO.-
ESQUEMA JURIDICO:
Ley 24901, Ley 24794.
Convención sobre los Derechos de las
Personas con discapacidad (ONU) Ley 26.378.
Convención sobre los Derechos del Niño
Convención sobre los Derechos Humanos
Constitución Nacional.
Otras Leyes y Resoluciones
Administrativas
Nuevo Código Civil y Comercial de La Nación.
Ley 24901: “Sistema de Prestaciones
Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con
Discapacidad” .
Por aplicación de la ley 24794 se equipara a las
Empresas de Medicina Prepaga con las Obra Sociales.
Establece acciones destinadas a que las personas con
discapacidad reciban una cobertura
integral para lograr su integración social.
Las Empresas Prepagas y Obra Sociales deberán brindar las
prestaciones a través de personal propio o personal contratado.
Los beneficiarios son las personas con discapacidad
(portadoras del certificado de discapacidad) y su grupo familiar.
La Ley prevé Prestaciones Básicas: Preventivas, de
Rehabilitación, Terapéuticas, educativas, asistenciales.
La Ley prevé Servicios específicos, Servicios
Alternativos al Grupo Familiar y Prestaciones complementarias, al sólo efecto
enunciativo.
NEGATIVA DE LAS OBRAS SOCIALES Y
EMPRESAS DE MEDICINA PREPAGA A BRINDAR DETERMINADAS PRESTACIONES:
Reclamo Administrativo. La necesidad de notificación
fehaciente (Carta Documento).
LA ACCION DE AMPARO. ACCION SUMARISIMA
DE SALUD. MEDIDA CAUTELAR.
Presupuestos para la viabilidad del amparo:
a) Arbitrariedad (rechazo injusto de la prestación)
b) La urgencia del tratamiento
c) Derecho constitucional en juego (Derecho a la
Salud).
La necesidad de que el amparo se acompañe con el pedido
de una MEDIDA CAUTELAR AUTOSATISFACTIVA.
Presupuestos para la viabilidad de la medida
cautelar:
Verosimilitud del derecho
Peligro en la demora
Contracautela- Declaración jurada en el
escrito.
Requisitos para el amparo:
Certificado de Discapacidad.
Acreditar la afiliación.
Acreditar la filiación y/o
representación.
Prescripciones médicas sobre el
tratamiento y/o terapia requerida.
Acreditar la falta de cumplimiento.
Presupuesto y/o factura de la
prestación.
La Importancia de la prueba.
La intervención del Cuerpo Médico Forense.
La importancia de reclamar y luchar por nuestros
derechos.
Estudio
Glauberman Nijamkin & Asoc.
San Martín 50 Piso 5to. Of. 106 (1004)
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Tel: 011-4331-3828 154-948-9505
155-734-4492
gnabogadas@gmail.com